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GrupoEM como comercializadora de gran cantidad de Vivienda Protegida, siempre indicamos los requisitos para acceder a ellas, el más importante, no disponer de vivienda en todo territorio nacional, hoy nos vamos a centrar que opciones podemos tener.

El miedo a pagar el 20% y no tener nuestra vivienda familiar vendida al llegar a la hora de escrituración hace que muchos se planteen la posibilidad de ceder o donar el usufructo.

La Donación de la vivienda generalmente se realiza hacia padres a hijos, o familiares de gran arraigo. Hay que tener en cuenta que la Donación repercute al IRPF, Impuesto de Donaciones y Plusvalía Municipal.

Cómo afecta la donación de usufructo al IRPF

Si se realiza la cesión del bien inmueble al cónyuge o pariente, hasta el tercer grado, el rendimiento neto total anual, no podrá ser inferior al 2% del valor catastral del inmueble.

Si se establece en gratuidad de la donación, se generará un rendimiento neto del 2% del valor catastral del inmueble, por cada año de duración del usufructo. Por el contrario, de no acreditarse tal gratuidad procederá aplicar el valor normal en el mercado, teniendo en cuenta que el rendimiento neto total, no podrá ser inferior al l 2% anual al valor catastral.

Impuesto de donaciones

Esto repercute al que recibe la donación,  nos metemos en materia;

Quien recibe la donación, deberá pagar el impuesto. La cantidad a tributar depende tanto del valor del  inmueble como de la Comunidad Autónoma donde se encuentre.

Plusvalía

Este impuesto también lo pagara el que percibe el usufructo, impuesto regulado por el Ayuntamiento de la localidad donde se encuentre la vivienda.

También hay donaciones temporales donde se revoca y la vivienda volverá a ser de nuestra propiedad, o el caso de que sea vitalicio será lo contrario no es revocable. Siempre este tipo de donaciones deberán recaer a personas mayores de edad.

Fuera de la donaciones, cesiones. Toda persona divorciada y/o separada que la vivienda familiar no haya sido destinada a derecho y disfrute de la misma, queda exenta de la obligación, que nos indican para acceder a la Vivienda Protegida.

En materia de Donaciones, aconsejamos que consulte con un abogado para que todo quede preparado antes de acceder a la vivienda.

En Grupo EM Inmobiliaria contamos con profesionales especializados que pueden ayudarte a la hora de buscar tu nueva vivienda. Consulta nuestra web para más información.

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