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Ha entrado en vigor hoy la Ley 5/2018 de 19 de junio que impone la cesión de inmuebles desocupados en caso de demanda de vivienda insatisfecha en las Islas Baleares.

Esta ley establece los mecanismos que deberá adoptar el Gobierno balear para atender a la población con dificultades para acceder a una vivienda o mantenerse en ella. Algunos de estos mecanismos serán las ayudas y prestaciones, además de un programa de cesión que facilite la gestión temporal de las viviendas de propietarios interesados en tener un alquiler estable o facilitar la existencia de una red especializada para la gestión de las viviendas de inserción.

Desde hoy, en un plazo de tres meses, los grandes propietarios de viviendas están obligados a comunicar a la consejería competente en materia de vivienda un inventario de las viviendas protegidas que integran su balance, ubicadas en el territorio de la comunidad autónoma de las Illes Balears. Los propietarios de estas viviendas deben indicar su ubicación, precio, fecha de adquisición y régimen (compraventa o alquiler), respetando el cumplimiento de la normativa reguladora de la protección de datos de carácter personal. También deberán informar sobre las viviendas que en un plazo de tres meses ya se encuentrne en situación de desocupación.

 

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