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La fianza en un contrato de arrendamiento, es la garantía que el inquilino entrega al propietario para garantizar que se van a cumplir las condiciones que se han acordado y firmado en el contrato de arrendamiento. Podría también decirse que el objetivo de la fianza es el de responder ante los posibles daños que el inquilino cause en la vivienda arrendada.

Es de obligatorio cumplimiento que dicha fianza sea depositada por el arrendador en la agencia de vivienda social de la Comunidad de Madrid. Este depósito no devenga intereses para el arrendador y ha de realizarse en el plazo máximo de un mes desde la firma del contrato.

Una vez finalizado el contrato de arrendamiento, firmada su resolución y habiendo procedido a la entrega de llaves, la devolución de esta fianza deberá realizarse en el plazo máximo de un mes a contar desde esta fecha.

El importe de la fianza para arrendamiento de vivienda es de una mensualidad de la renta.

Es importante tener en cuenta que en ningún caso el destino de la fianza es el pago de rentas, sino la de garantizar el cumplimiento de lo pactado en el contrato.

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