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El Confidencial. Aquella ley estatal de vivienda de la que el Gobierno de coalición PSOE-Podemos habló en el Consejo de Ministros extraordinario en el que se aprobaron los Presupuestos Generales de 2022, la «primera en la historia de la democracia española», todavía sigue en el aire, pero este martes el Ejecutivo aprobó la creación de un bono de alquiler para los más jóvenes, quienes tienen más difícil el acceso a la vivienda, y la medida ya se ha recogido en el Boletín Oficial del Estado (BOE) con el Real Decreto 42/2022. El objetivo de esta ayuda es compensar la parte del sueldo que se invierte en pagar el alquiler y, en palabras de Pedro Sánchez, tratar de «reducir la edad de emancipación tan insoportablemente alta en nuestro país para que los jóvenes puedan acceder a una vivienda en alquiler digna con el apoyo y ayuda de la Administración General del Estado».

Si bien el anteproyecto de ley sobre vivienda se mantiene paralizado —se volverá a estudiar a finales de enero, aunque el principal problema se encuentra en la regulación de los precios del alquiler—, sí ha salido adelante ya este bono joven, además del anteproyecto de Arquitectura y Calidad del Entorno Construido, una norma que persigue impulsar la calidad de la arquitectura y del entorno construido como elemento básico de la calidad de vida de las personas, promover el acercamiento de la arquitectura a la sociedad y establecer procedimientos de contratación pública ejemplares que refuercen los valores de la calidad arquitectónica. En lo relativo al bono joven de ayudas al alquiler para viviendas, de aplicación en todas las comunidades autónomas, a excepción de País Vasco y Navarra, y en Ceuta y Melilla, esta es toda la información que se tiene respecto de dichas ayudas:

¿Quién puede acceder al bono joven de alquiler?

«Somos conscientes de que hay muchas personas que tienen dificultades para acceder a la vivienda y que se dejan gran parte de su sueldo en poder tener una vivienda, sobre todo en grandes ciudades», manifestó el ministro de la Presidencia, Félix Bolaños, el 6 de octubre en el programa ‘La hora de La 1’, un día después de que Sánchez y la ministra de Agenda Urbana anunciasen la medida del bono a jóvenes en el I Foro Urbano de España. El bono joven estará dotado con 250 euros mensuales y beneficiará, durante un periodo inicial de dos años con una ayuda total de «6.000 euros repartida en 24 mensualidades», únicamente a jóvenes con edades comprendidas entre los 18 y los 35 años «en el momento de solicitar la ayuda», se destaca en el BOE. Los criterios definitivos de acceso a la ayuda se fijarán en la próxima conferencia sectorial entre el Ministerio de Transportes, Movilidad y Agencia Urbana y las comunidades autónomas, como así lo ha señalado la ministra de este ramo Raquel Sánchez.

«Va dirigido a jóvenes que estén en un dintel de salarios del Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples (Iprem) vulnerable, con una ayuda mensual en torno a esos 250 euros y será objeto de desarrollo de una reglamentación posterior cuando se presente», adelantó la ministra de Hacienda y Función Pública, María Jesús Montero, en su momento. En cifras actualizadas que dio por su parte la titular de Agenda Urbana, este bono para el alquiler de vivienda costará 200 millones de euros anuales y beneficiará aproximadamente a más de 70.000 jóvenes. Además, según explicó Sánchez, la ayuda no se concederá únicamente por vivienda, sino que se dirigirá también a cada joven que comparta una unidad de convivencia siempre que se cumplan ciertas condiciones, es decir, tiene en cuenta también a aquellos jóvenes que comparten piso.

¿Qué requisitos se piden?

«Para los jóvenes, que hasta ahora han tenido imposible poder desarrollar su proyecto vital, con las medidas que se están activando vamos a cambiar mucho su expectativa de acceder a una vivienda«, destacó asimismo la ministra Sánchez con respecto a esta ayuda. Ahora que la medida se ha probado en Consejo de Ministros y se ha publicado en el BOE, se sabe que los jóvenes de entre 18 a 35 años que quieran solicitar la ayuda deberán tener nacionalidad española —puede ser también la de alguno de los Estados miembros de la Unión Europea, del Espacio Económico Europeo o Suiza; tener el parentesco determinado por la normativa que sea de aplicación o hallarse en situación de estancia o residencia regular en España de ser persona extranjera—, estar ocupados a nivel laboral, es decir, contar con «al menos una fuente regular de ingresos» que reporte una renta anual inferior a 23.725 euros, tres veces el IPREM y, por último, ser titular o estar en condiciones de suscribir, en calidad de persona arrendataria, un contrato de arrendamiento de vivienda formalizado en los términos de la Ley 29/1994 o, en calidad de persona cesionaria, de un contrato de cesión de uso. En el caso de alquiler de habitación no es exigible que la formalización sea en los términos de la Ley 29/1994.

No obstante, el umbral de renta «será de 4 veces el IPREM si se trata de una familia numerosa de categoría general o de personas con discapacidad y de 5 veces el IPREM cuando se trate de familias numerosas de categoría especial o de personas con discapacidad más severa», se especifica acerca de la medida en el decreto publicado ya en el BOE. Por ello, en el caso de las familias más vulnerables, se ha decidido asimismo que este bono podrá completarse con más ayudas directas al alquiler de hasta el 40%, siempre que no supere el «40% de la renta del alquiler, descontado el bono», ha precisado la ministra Sánchez en este sentido. Por ejemplo, para un alquiler de 500 euros al mes, si un joven recibe 250 euros del bono joven solo podrá percibir el 40% de los 250 euros restantes de esas ayudas al alquiler.

En un principio, la ministra Montero dio a entender en rueda de prensa que habría una tercera condición, relacionada con el contrato de la vivienda: «Vamos a tratar de completar la parte de su sueldo que se destina al alquiler y va a estar limitada a contratos suscritos por importe de 600 euros. Estos son los límites». No obstante, poco después el Ejecutivo salió al paso para matizar que la ayuda no estaría limitada, en teoría, por el precio del contrato de arrendamiento y que el límite de 600 euros al que hacía referencia la ministra tenía que ver con la ayuda al alquiler que contiene el Plan Estatal de la Vivienda 2022-2025, y que es ampliable a 900 euros. En este sentido, se pide también a los solicitantes que su renta de alquiler no supere los 600 euros mensuales, aunque se contempla su ampliación a 900 euros en las zonas «más tensionadas», cuando así los justifiquen las comunidades y ciudades autónomas con «estudios actualizados de oferta de vivienda en alquiler que acrediten tal necesidad».

En el caso de alquiler de habitación, la renta deberá ser igual o inferior a 300 euros mensuales y solo se podrá incrementar, de aprobarse una ampliación hasta 900 euros por contrato de arrendamiento, hasta un límite máximo de 450 euros por habitación. En el BOE se remarca también que no se recibirá la ayuda si «la persona solicitante o alguna de las que tengan su residencia habitual y permanente en la vivienda objeto del contrato de arrendamiento o de cesión de uso» es propietaria o usufructuaria de alguna vivienda en España, con excepción de herencias, separación o discapacidad; o si cualquiera de las personas arrendatarias tiene «parentesco en primer o segundo grado de consanguinidad o de afinidad con la persona arrendadora o cedente de la vivienda» o es socio o partícipe de la persona física o jurídica que actúa como arrendador o cedente.

¿Cuándo se podrá solicitar?

Tras la publicación en el BOE del decreto que regula el bono joven, el siguiente paso será reunir en una conferencia sectorial de Vivienda a las comunidades y el Estado para que acuerden cómo se reparten los 200 millones que hay presupuestados este año. En este sentido, la ministra Sánchez que el plazo para solicitar las ayudas podría abrirse dentro de «un mes y medio o dos, como máximo».

Asimismo, fuentes del Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana han confirmado que el bono entrará en funcionamiento con carácter retroactivo, por lo que desde el momento en el que quede aprobado se podrá solicitar de manera retrospectiva desde el 1 de enero de 2022, aunque hasta que esté oficializado no se conocerá la vía, o mejor dicho, vías autonómicas, por la que se tramitará esta ayuda.

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