Tras el cambio de ley, con la reforma de la Ley de Ordenación de la Edificación en 2016, muchas cosas han cambiado. Por este motivo, se van a dar una serie de recomendaciones a la hora de la adquisición del inmueble:
- La identidad del vendedor es importante, pues es una señal, positiva o negativa. En el caso que sea una promotora la que pretende ofrecer la casa, hay que cerciorarse que es el titular sobre el que se está construyendo una casa. Esto se consigue si se habla con el Registro de la Propiedad.
- Se han de revisar todas las cláusulas de contrato. Es mejor leérselas que no firmar deprisa y corriendo y no saber lo que se firma. Está bien que se haga una revisión de las clausulas para ver si hay algún aspecto fuera del marco legal.
- Confirmar la existencia de un aval. Además de tener que pedir el comprobante al banco cuando hayas adquirido la casa, con una cuenta que solo ha de servir para costear que se construya la casa.
- Recopilación de datos sobre la vivienda. Hay que saber todas las cosas que tiene la casa antes de adquirirla. Un ejemplo está en fijarse si aparece en el Registro Mercantil
- Hay que elegir el modo de pago. Hay que establecerse el sistema de pago por cuotas fraccionado. Eso se consigue a través de unos plazos que comienzan cuando se empieza a construir la casa, teniendo que comenzar a pagar el 20-30% del coste total de la casa.
- Una vez aclarado el tema del pago, estaría bien comenzar a diseñar la casa, tema que conforme está pasando el tiempo, las constructoras comienzan a ser más flexibles, amoldando las casas al gusto de los compradores.
- Está bien que antes se compruebe todo antes de firmar. Hay que chequear que todo está correctamente, ya no solo a nivel de avales, etc., sino que el piso donde se vaya a vivir esté en perfectas condiciones.
- Hay que solicitar la licencia de primera ocupación para querer dormir ya en el piso. Si no tienes ese documento, es imposible comenzar a vivir allí. Por lo que es mejor dirigirse al Ayuntamiento donde se encuentra la vivienda y se pida.