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Vivienda Protegida: Concepto y Tipos

Una Vivienda Protegida es aquella que cumple ciertos requisitos de superficie, destino, uso, precio y calidad establecidos reglamentariamente. Estas viviendas tienen una superficie máxima construida de 150 m² y están calificadas para venta o alquiler bajo condiciones específicas.

Tipos de Vivienda Protegida.
Duración de la Protección.

La protección de las viviendas tiene una duración determinada que varía según el tipo de vivienda y la normativa vigente en cada comunidad autónoma.

Precio de las Viviendas Protegidas.

El precio de venta de las viviendas protegidas de obra nueva está limitado por un máximo legal establecido mediante Orden de la Consejería competente en materia de vivienda. Este precio depende del tipo de vivienda de protección oficial.

Precios Máximos de Venta y Renta.

Para las viviendas en arrendamiento, la renta no puede superar el máximo anual permitido según el Reglamento de Viviendas con Protección Pública.

Requisitos de Acceso para Viviendas Protegidas al Amparo del Decreto 74/2009.

Edad y Capacidad Legal

    • Ser mayor de edad o menor emancipado.
    • No encontrarse incapacitado para obligarse contractualmente.

Nacionalidad o Residencia

    • Ser español o residente en España.

Ingresos Familiares

    • No exceder de 5,5 veces el IPREM para las viviendas de precio básico (VPPB).
    • No exceder de 7,5 veces el IPREM para las viviendas de precio limitado (VPPL).

Condición de Discapacidad o Familia Numerosa

    • Ostentar la condición de discapacitado o de familia numerosa si se pretende acceder a una vivienda reservada a dicho colectivo.

Propiedad de Viviendas

    • Ninguno de los miembros de la unidad familiar puede ser titular del pleno dominio o de un derecho real de uso o disfrute sobre otra vivienda en todo el territorio nacional
Excepciones:
    • Existen excepciones contempladas en el artículo 3.3.3 del Decreto 74/2009. Las excepciones permiten acceder a una vivienda protegida bajo ciertas condiciones específicas, incluso si se posee otra vivienda.
Preguntas Frecuentes:

Obligaciones de los Titulares.

Los titulares de viviendas protegidas deben cumplir con las condiciones de uso y mantenimiento estipuladas y no pueden vender o alquilar la vivienda a precios superiores a los máximos permitidos.

Recuperación de Cantidades a Cuenta.

En caso de que no se inicie o finalice la construcción, es posible recuperar las cantidades entregadas a cuenta, según lo estipulado en el contrato y la normativa vigente.

Información sobre Promociones.

Se puede obtener información sobre promociones de viviendas protegidas a través del Ayuntamiento del municipio de empadronamiento o contactando con empresas promotoras.

Compra de Vivienda Protegida en Separación de Bienes.

Si se está en régimen de separación de bienes y el cónyuge posee una vivienda, se puede optar a una vivienda protegida siempre y cuando se cumplan los requisitos de ingresos y no se supere el valor máximo permitido de la vivienda libre del cónyuge.

Cálculo de Ingresos Máximos.

Para calcular los ingresos familiares se toma la base imponible general y del ahorro según los artículos 48 y 49 de la Ley 35/2006, convertida en número de veces el IPREM.

Conclusión:

Las viviendas protegidas al amparo del Decreto 74/2009 están destinadas a personas que cumplan estrictamente con los requisitos de edad, capacidad legal, nacionalidad o residencia, ingresos familiares y condición de propiedad de otras viviendas. Las excepciones a estos requisitos están específicamente delineadas en el artículo 3.3.3 del Decreto, permitiendo a ciertos solicitantes acceder a una vivienda protegida bajo condiciones especiales. https://grupoeminmobiliaria.com/.

 

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