¡Buenos días!
A la hora de la compra-venta de una vivienda intervienen dos partes, quien vende su piso y quién decide comprárselo y ambas partes deben hacerse cargo de ciertos gastos e impuestos inevitables. Vamos a conocerlos:
VENDIENDO NUESTRO PISO:
- IRPF: La venta de un piso debe tributar en la declaración de la renta. Se calculará como la diferencia entre el valor al que se vende el piso y el valor al que fue comprado. Si vendes tu piso por menos dinero del que se compró se considera como una pérdida patrimonial que no debe tributar.
- Plusvalía municipal: este impuesto grava el incremento de valor que experimenta el suelo durante el tiempo que la persona ha sido propietaria del piso y es liquidado cuando se transmite la propiedad.
- Gastos del notario: cuando el vendedor, quiere vender su piso aún está pagando la hipoteca por lo que tienes dos opciones: cancelar el préstamo o bien subrogar la hipoteca. Ambas opciones conllevan una serie de comisiones.
COMPRANDO NUESTRO PISO:
- Impuestos de comprar un piso de obra nueva: Lo primero de lo que debes informarte es del Impuesto de Valor Añadido (I.V.A). A partir de 2013 estamos obligados a tributar con un 10% del precio final de la vivienda.
- Tasación del piso: es obligatoria cuando se financia con una entidad bancaria. Ada banco confía en su tasadora, pero es posible hacerlo con una tasadora independiente ya que está estipulado por normativa legal.
- Gastos de notaria: incluyen los gastos de la intervención del notario
- Gastos de registro: son los gastos para la inscripción de tu nueva vivienda en el Registro de la Propiedad y dependerá del precio final de la vivienda
- Gastos de Gestoría: gasto opcional, ya que son aquellos gastos derivados del gestor quien se responsabilizará de todos los trámites de la compraventa.