Muchos tienen dudas a la hora de acceder a una vivienda protegida, sobre las condiciones que deben cumplir. Es una duda muy común, ya se quiera acceder a una vivienda VPPB o a una vivienda VPPL. A continuación, os presentamos las condiciones que se deben cumplir para acceder a una vivienda protegida, ya sea VPPB o VPPL:
- No superar los ingresos establecidos para el acceso a viviendas, siempre referidos a la unidad familiar. El parámetro que se utiliza para fijar estos límites es el IPREM, en el caso de las viviendas básicas es 5,5 veces y en el caso de limitadas es del 7,5.
- No ser propietario de vivienda en todo el territorio español. Esta condición se aplica a todos los miembros de la unidad familiar, incluso cuando estén casados en régimen de separación de bienes. La unidad familiar está compuesta por la pareja y todos los hijos menores de edad, para los también será de aplicación, no pudiendo ser propietarios de una vivienda en todo el territorio nacional, ya sea libre o protegida.
- Hay una única excepción en relación a la titularidad y es que se puede ser propietario de no más del 50% de una vivienda, cuando en caso de separación o divorcio no se le haya adjudicado el uso de la que se consideraba como domicilio familiar, o en el caso de haber adquirido esa propiedad por herencia, pero en ninguno de los dos supuestos la cuota de la que se es propietario puede ser superior al 50%.
- A partir de ahora el plazo de protección para las viviendas protegidas no hace diferencias entre VPPB y VPPL que se establece en 15 años y desaparece la posibilidad de descalificación voluntaria, debiendo esperar a que transcurra este plazo para que la vivienda pase a tener la consideración de libre.
Si aún tienes dudas sobre las condiciones para acceder a una vivienda protegida, puedes consultar con los agentes inmobiliarios de Grupo EM Inmobiliaria, profesionales expertos en vivienda protegida y en todo tipo de vivienda, en alquiler y en venta. Ellos podrán darte toda la información que necesites al respecto.
Para más información puedes llamar al 91 689 62 34 o visitar nuestra página web para ponerte en contacto con nosotros.
Buenos días, no sé si pudieran aclararme una duda que tengo. Es posible que mi pareja pudiera acceder a una vivienda de vppl en la comunidad de madrid, estando en pareja de hecho conmigo y a su vez yo tener con mi ex pareja una vivienda en propiedad al 50%? Con mi expareja no hubo ningún vínculo ni de matrimonio ni nada. Otro apunte por si se tiene que tener en cuenta es que con mi actual pareja tenemos dos hijos.
Estoy leyendo mucho al respecto y no termina de quedarme claro, porque se supone que estando en pareja de hecho en el certificado de fe de vida su estado civil sería soltero y por otro lado leo q no puede formar unidad familiar conjunta conmigo en la declaración de la renta. Muchísimas gracias de antemano, un saludo. Ana