La campaña de la renta 2024 está a la vuelta de la esquina y es fundamental que conozcas cómo afectan el alquiler y la vivienda a tu declaración. La renta alquiler vivienda es uno de los puntos más vigilados por la Agencia Tributaria, por lo que conviene tener toda la información clara y actualizada.
En Grupo EM Inmobiliaria, expertos en alquiler y gestión de propiedades, te explicamos todo lo que debes tener en cuenta para no cometer errores y aprovechar las deducciones disponibles.
¿Qué vigila Hacienda en la renta alquiler vivienda?
Hacienda revisa con especial atención los ingresos por alquiler de viviendas. El arrendamiento se considera actividad económica si hay al menos un empleado contratado a jornada completa y no se prestan servicios hoteleros.
Además, si tienes un alquiler turístico, recuerda que no podrás aplicar la reducción fiscal por alquiler de vivienda habitual.
También es importante saber que el subarrendamiento genera diferentes tipos de rentas:
- Para el subarrendador son rendimientos del capital mobiliario.
- Para el propietario son rentas del capital inmobiliario, sin derecho a reducción.
Imputación de rentas inmobiliarias
La imputación de rentas inmobiliarias afecta a las viviendas no alquiladas ni utilizadas como residencia habitual. En 2024 se aplica un 1,1% del valor catastral en municipios con valores revisados desde 2012. Puedes consultar tu caso en Renta Web o en los listados oficiales del Catastro.
Gastos deducibles en la renta alquiler vivienda
Si tienes una vivienda alquilada, existen varios gastos deducibles en la declaración de la renta:
- Gastos de reparación y conservación (como arreglos de calderas o cisternas).
- IBI y tasas municipales (pero no recargos por sanción).
- Intereses de la hipoteca (solo intereses, no amortización de capital).
- Gastos por formalización del contrato (inmobiliarias y abogados).
- Suministros y gastos de comunidad, si los asume el propietario.
- Seguros asociados a la vivienda alquilada.
- Amortización del inmueble (3% anual) y de mobiliario (10% anual).
Deducciones por alquiler de vivienda habitual
Si vives de alquiler y tu contrato es anterior a 2015, puedes aplicar una deducción estatal del 10,05% si tu base imponible es inferior a 24.020 € anuales. El máximo deducible es de 9.040 € al año.
Para contratos posteriores a 2015, consulta las deducciones autonómicas, que varían según cada comunidad.
Conclusión
La renta alquiler vivienda es un tema clave en la campaña de la renta 2024. Desde Grupo EM Inmobiliaria te recomendamos:
- Declarar correctamente todos los ingresos.
- Aprovechar cada deducción posible.
- Revisar documentación y contratos.
- Consultar con expertos para evitar errores.
Si tienes dudas sobre tu renta, alquiler o vivienda, contacta con Grupo EM Inmobiliaria. ¡Estamos para ayudarte!